Es una feliz noticia, sobre todo para los menores institucionalizados;
ya que estamos en la antesala de la modificación (a Dios gracias; puesto que se
está demorando en exceso...) a la Ley de Infancia en España, que podría ser muy
beneficiosa para los pequeños...
Y cómo no, es una buena opción de aumentar la familia, para muchas de
aquellas que hemos ido conociendo y con quienes hemos compartido tanta
frustración y temores, pero también acompañadas de alegrías y aprendizaje. Es
por tanto esta noticia, muy importante para todos y nos permite creer en una
mejora tan necesaria para el sistema de protección de infancia.
En nuestro caso, habrá que sopesar los pros y contras de la nueva Ley
de Infancia, puesto que hay aspectos como la denominada "adopción abierta", con
las que dependiendo el caso y las circunstancias, podríamos no estar de
acuerdo... No tenemos dudas de que nuestro mayor deseo sería, y no nos cansaremos nunca de decirlo por ser tan cierto, emprender un nuevo
proceso en Vladivostok, pero la realidad (sobre todo el colchón económico
necesario para afrontarlo), nos hace creer que en estos momentos, sería una
utopía pensarlo...
Ésta es la publicación oficial de la apertura del plazo de solicitudes (u ofrecimientos) de adopción nacional en la Comunidad de Madrid, en la página de información de dicha Comunidad: www.madrid.org
"En virtud de la Orden 624/2015 de 30 de Abril, de la Consejería de Asuntos Sociales, se establece un plazo de recepción de ofrecimientos para la adopción de niños en la Comunidad de Madrid.
Se ha publicado en el BOCM el 19 de mayo de 2015 (ver BOCM 19 de mayo de 2015), por lo que el plazo de recepción de ofrecimientos comenzará a las 9.00 horas del día siguiente a la publicación, y finalizará dos meses después.
Pueden presentar su ofrecimiento todas las personas, matrimonios o parejas de hecho capacitados legalmente para adoptar, de acuerdo con la legislación civil (mayores de 25 años).
La presentación de ofrecimientos, mediante los Impresos anexos a dicha Orden, se realiza a través del Registro Telemático de la Consejería de Asuntos Sociales; o presencialmente en cualquiera de los Registros públicos de la administración local, autonómica o central, o mediante correo certificado. A los impresos debe acompañarse un Certificado de Empadronamiento, copia de DNI y fotografía tipo carnet.
El orden cronológico de los ofrecimientos se establecerá según el día y hora de presentación de documentos en el Registro Telemático de la Consejería o en cualesquiera de los mencionados registros, lo que evita a las personas interesadas padecer acumulaciones y esperas en un determinado Registro.
La anterior recepción de ofrecimientos se realizó mediante laOrden 1945/2008, y en el plazo establecido de octubre a diciembre de 2008 se recibieron 1698 ofrecimientos para adoptar por parte de familias madrileñas. De la bolsa generada por dicha Orden han sido llamadas las familias adoptantes a lo largo de estos años 2009 a 2015.
Durante la última década, la cifra de adopciones en la Comunidad de Madrid está entre 40 y 60 casos al año, la gran mayoría de los cuales son bebés cuyas madres manifiestan no poder hacerse cargo de ellos en el mismo hospital o primeros días de vida.
Las personas que presentan su ofrecimiento en estas convocatorias podrán ser llamadas a las distintas fases del proceso en función de la necesidad de contar con familias disponibles para los menores susceptibles de ser adoptados, según las preferencias establecidas en el artículo 59 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid:
a) Los residentes en la Comunidad de Madrid.
b) Los ofrecimientos cuya diferencia de edad entre adoptado y adoptantes no sea superior a cuarenta años. En caso de adopción por parejas se considerará la edad media de ambos.
c) Los matrimonios y parejas, en el caso de menores de tres años de edad.
Por otro lado, la convocatoria favorecerá que también se reciban ofrecimientos para las llamadas "Adopciones Especiales", es decir, para menores con especiales necesidades por razón de discapacidad o enfermedades crónicas que implican especiales condiciones de vida, para los que no siempre es fácil encontrar familias."
Casualmente, hoy mismo leía unas declaraciones ( Cadena Ser: pinchar aquí en el enlace) en que se mostraban los datos del descenso del número de
adopciones internacionales en España en los últimos 10 años: nada menos que un
83% desde 2004!! Dichas fuentes citan las apenas 900 que pudieron culminar en
2014, por las 5541 del año 2004. Se trata de un descenso generalizado en otros
países; y se citan distintos motivos para poder entender ese descenso, como son
el económico y el aumento de trabas en los países de origen de los menores. Y
ahí, en este último apartado, es donde no encuentro nunca consuelo ni logro
comprender el motivo: las autoridades y las distintas asociaciones, tratan de
explicarlo en base al aumento de las adopciones nacionales en los países de
origen de esos pequeños...pero no sólo no estoy de acuerdo, sino que además
opino que es el modo que han encontrado muchos países "emergentes" (o
"superpotencias"), para poder desviar la atención de algo que debe incluso
provocarles un tremendo malestar, al tiempo que un grave problema social...pero
que es mejor obviar y hacer caso omiso, por el bien de la "imagen del país". En
muchos países, la denominada "adopción nacional en aumento", es una cortina de
humo para evitar la autocrítica, desviando la atención y tratando de complacer a
la opinión nacional y fuera de sus fronteras. Es un hecho que a ningún país, le
gusta que sus menores deban encontrar fuera de sus fronteras, lo que dentro no
pueden ofrecerles: y en este caso, la familia que tantos pequeños necesitan por
todo el mundo. No hay duda que lo mejor para los menores, es no tener que
abandonar sus raíces; pero siempre y cuando, puedan encontrar allí lo que
necesitan por encima de todo... Para conseguir que así sea, se recurre en muchos
países a ayudas económicas a las familias (que por otro lado, no veo tan
siquiera como buena motivación para la adopción de un menor) u otros métodos
para incentivar la adopción nacional: pero desgraciadamente, no es efectiva en
el mayor de los casos. En algunos lugares, se anuncian los menores tanto en
prensa (algunos los hemos visto a quienes son o en su día nos fueron asignados),
como en programas de televisión...o se trata de buscarles una familia a través
de bases de datos o foros. En la mayor parte de ocasiones, no son medidas
efectivas; y menos aún, beneficiosas para los menores. Lo cierto es, que la
presión social, es a veces lo que puede forzar a las autoridades a endurecer las
condiciones, a pesar de tener la certeza de que los perjudicados sean en todo
caso los menores: un ejemplo, es un video desgarrador que llevamos mucho tiempo
compartiendo en los foros de adopción (sobre todo en Rusia), sobre la realidad y
la situación de los menores institucionalizados y los testimonios de quienes
mejor conocen y viven el día a día dentro de las casas cuna y orfanatos. Se
trata de un video subtitulado en inglés, aunque existe una versión de él (creo
que no está subido en internet) subtitulado en castellano (Engaño o Feliz Año Nuevo)... Aquí dejo el vídeo para que pueda ser visionado por quienes estéis
interesados... Aviso: es duro, pero se muestra como viven los pequeños institucionalizados y sus esperanzas, con total realismo.
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